jueves, 4 de noviembre de 2010

Autorregulación en la publicidad.


¿Debe existir una autorregulación en la publicidad? En el artículo publicado en el periódico El País “La publicidad no está para educar” (Blanco, S. 15/09/2008), la periodista Silvia Blanco plantea una serie de cuestiones interesantes y recoge el testimonio de personas relacionadas con el mundo de la publicidad.
Antes de empezar a analizar más este tema, me parece interesante definir “autorregulación”. Para el profesor Hugo Aznar (1999a: 53): "La autorregulación debe distinguirse de cualquier intento de regulación o injerencia externas en la actividad de los medios y de sus profesionales. De lo que se trata es de una regulación voluntaria a partir de su libre iniciativa".
La pregunta con la que he comenzado este posteo surgió como consecuencia del debate planteado por la Comisión Europea en el año 2008. Este año se trazó en Bruselas el objetivo de aprobar una nueva regulación para en campo de la publicidad, aún sin decretar, que hiciera destinar un mínimo del 20% de un anuncio a decir qué cantidad de dióxido de carbono emite cada modelo de coche.
Todos los sectores relacionados con la publicidad e implicados por esta norma, vieron esto como un impedimento de sus funciones y un nuevo obstáculo para el desarrollo de autorregulación de la profesión.
La Ley General de Publicidad del año 1988, estable que la publicidad “no puede ser ilícita, engañosa, desleal ni subliminal, es decir, ha de ser veraz y respetuosa con la dignidad de la persona y sus derechos”. Lo que temen las personas del campo de la publicidad es que esta responsabilidad que exige la ley y los códigos éticos de la profesión y la sociedad, deriven en una “obligación de educar a través de la publicidad”.
El Decano del Colegio de Publicitarios de Cataluña, Marc Puig, explicó que todos somos consumidores, por eso nadie duda de la necesidad de dar información veraz en la publicidad, “pero a veces las autoridades escurren el bulto y no toman decisiones valientes: si algo es nocivo, que lo prohíban o tomen medidas, pero que no obliguen por ley a la publicidad a asumir las advertencias”. 
El ejemplo que dio Puig es muy explícito para sus declaraciones. Dicho ejemplo es el siguiente: “es como si dijeran: este coche contamina mucho, y yo no hago nada al respecto, pero póngalo usted en su anuncio”.
Todo esto, dificulta la autorregulación de este sector. En España, como en el resto de Europa y en Estados Unidos, los anuncios están sometidos, además de a la ley, a los códigos deontológicos a los que, de manera voluntaria, se adhieren la mayoría de las empresas de cada sector. Se vigilan entre sí, ya que el incumplimiento de una perjudica al resto, y la competencia no va a permitir que una compañía obtenga ventaja con ofertas deslumbrantes y engañosas.

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